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08 ene
2023

La FTC, la innovación y los contratos de no competencia

Enviado por sociedadinformacion . Etiquetas: Sin clasificar

Escrito por: Enrique Dans.

IMAGE: Andreas Breitling - Pixabay

La Federal Trade Commission (FTC) norteamericana, de mayoría demócrata y dirigida por Lina Khan, ha propuesto una nueva regla que prohibiría las llamadas cláusulas de no competencia, que permiten a un empleador exigir a un empleado que firme un contrato estableciendo que no llevará a cabo actividades similares a las que desempeñaba en la compañía o que puedan resultar en competencia para ella durante un tiempo determinado.

Según la propuesta, ese tipo de cláusulas serían consideradas ilegales y, por tanto, inválidas. La idea es, por un lado, favorecer a los trabajadores y, por otro, conseguir un ecosistema más innovador. En este momento, la legislación sobre este tipo de cláusulas no es homogénea en todos los estados, pero los que ya las consideraban ilegales, como California, han probado una capacidad para la innovación muy elevada. En España, las cláusulas de no competencia están permitidas por un máximo de dos años para las consideradas como profesiones técnicas, y hasta seis meses para otras.

En los Estados Unidos, este tipo de cláusulas se utilizaban de manera muy habitual en prácticamente la mitad de las compañías, y cerca de un tercio, además, las incluían de manera genérica en los contratos de todos sus empleados, independientemente de su ocupación y de su sueldo. El total de empleados afectados por este tipo de cláusulas se estimaba en torno al 18%. En el estado de Washington, por ejemplo, las cláusulas de no competencia estaban prohibidas para trabajadores con sueldos inferiores a los cien mil dólares.

Interpretar este tipo de cláusulas, por tanto, como algo que los trabajadores podían elegir firmar o no es una visión muy limitada: dado que muchas compañías las incluían rutinariamente en todos sus contratos, los trabajadores no tenían realmente ninguna capacidad de negociación con respecto a ellas más allá de decidir no incorporarse a esa compañía. Y a la hora de abandonarlas, negarse a firmar una cláusula de no competencia podía significar renunciar a una cantidad en algunos casos muy significativa de dinero, o a tener que entrar en complejos procesos judiciales. El entorno, básicamente, tendía a proteger mucho más a las compañías que a sus trabajadores en este sentido.

¿Qué efectos podría conllevar la eliminación de las cláusulas de no competencia en los contratos de trabajo? Como efecto inmediato, evitar que las compañías limiten la movilidad de sus trabajadores, y por tanto, favorecer esa movilidad y un ecosistema más dinámico y en el que el talento pueda tener más oportunidades para ponerse en valor. Por otro, esas compañías tratarían seguramente de protegerse utilizando acuerdos de confidencialidad, aunque llegaría probablemente un momento en el que un acuerdo de confidencialidad demasiado amplio podría invalidarse por constituir, como tal, una cláusula de no competencia encubierta. Además, ante las limitaciones para ejercer este tipo de cláusulas, muchas compañías podrían optar por poner más foco en la retención de sus trabajadores, lo cual probablemente implicaría sueldos más elevados para aquellos trabajadores considerados estratégicos.

Algunas compañías como Microsoft hace ya algún tiempo que tomaron la decisión de eliminar de sus contratos laborales tanto las cláusulas de no competencia como los acuerdos de confidencialidad, para todos los trabajadores con la excepción de sus directivos considerados más senior.

La propuesta de la FTC entra ahora en fase de comentarios y sugerencias, en la que se prevén algunas resistencias por parte de algunos entornos corporativos. Pero sin duda, si termina siendo aprobada, estaremos ante un cambio que, si consideramos ya puesto a prueba durante años en un entorno como California, podría ser muy interesante para plantearse aplicarlo a otros países preocupados por mejorar la calidad de su innovación.



Artículo de Enrique Dans .

Publicado con licencia Creative Commons 3.0 España


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